Este sistema de crédito que parece a simple vista, cómodo y práctico tanto para usuarios del servicio como para las entidades que otorgan la financiación, se han visto afectados por inconformidades y demandas por parte de los propietarios de los inmuebles, cuando éstos no habitan en la propiedad, y es el arrendatario quien se beneficia del crédito, llegando a incumplir en su pago. Debido a que existe solidaridad y responsabilidad respecto del pago de los servicios pero no en la financiación de artículos diferentes, no involucrados con la prestación del servicio, sea el gas o la energía.
Esta problemática de responsabilidades en el pago de facturas que involucran servicios públicos mezclados con créditos de consumo, se agrava cuando se hace difícil poder separar las cuentas de uno y otro cargo. Lo cual genera el reclamo, la demanda y la posterior multa a la entidad prestadora del servicio y del crédito.
Un sistema de crédito de consumo que parece atractivo para la empresa de servicios, porque al atar la cuenta de cobro de un servicio vital como la energía con el del electrodoméstico, ejerce presión para que se paguen ambos conceptos, a menos que se desee que le corten el servicio de luz. Un sistema de préstamo fácil de adquirir y pagar por el usuario, ya que con una sola cuenta o factura, integra los diferentes pagos. Pero un sistema de crédito complicado para el propietario del inmueble, cuando el arrendatario es quien se beneficia del crédito y no lo paga puntualmente, porque se mezcla con la deuda del servicio público, y luego le cobran por ambos conceptos, la energía y el crédito.
Los créditos ofrecidos por las entidades no bancarias pueden satisfacer necesidades de algunos usuarios y al mismo tiempo perjudicar a otros, por lo que se recomienda vigilar el uso y destino de la financiación, así como las debidas autorizaciones de las entidades prestamistas, para evitarse futuros inconvenientes.
Publicado 29 de Julio del 2011 |