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El Banco Santander lanza tres años de carencia para sus clientes con problemas

 
 

El Banco Santander acaba de lanzar una campaña en virtud de la cuál concederá tres años de carencia en las hipotecas de sus clientes con problemas financieros y económicos, en un intento de solidarizarse con sus problemas y recuperar parte del prestigio perdido durante la crisis económica.

Durante estos tres años de carencia, los clientes no tendrán que amortizar capital y sólo pagarán intereses, en lo que supondrá un ahorro realmente importante, pudiendo llegar a más del 50% de la cuota si la hipoteca se encuentra en sus últimos años de vida.

De esta forma familias que se encontraran al borde del precipicio, es decir, a punto de caer en el impago, que derivaría, sin solución de continuidad, en el embargo y posterior desahucio, conseguirán sobrevivir financieramente y mantener sus viviendas durante estos años de dificultades
 

El único requisito que impone el Banco Santander para acogerse a este período máximo de 3 años de carencia es el de poder justificar una pérdida de ingresos real en los titulares de la hipoteca.

Concretamente, la reducción de ingresos debe de ser de, al menos, el 25% en el conjunto de los titulares, pudiendo darse en cualquier de ellos individualmente o en la suma de todos.

De esta forma, un matrimonio en el que uno de los cónyuges se haya quedado en situación de desempleo podrá acogerse a esta medida, pero también si el cónyuge ha visto reducidos sus ingresos por reducción de jornada o simple reducción salarial por motivos económicos en la empresa.

Se trata, sin duda, de una medida realmente interesante que ayudará a muchas familias y que abre un camino al que deberían de unirse otras entidades financieras, un camino para apoyar, entre todos, a las familias con mayores problemas.

Por otro lado, ahora deberemos de esperar a la reacción del BBVA, que seguro que no se hace esperar, ya que se trata de la competencia directa del Santander, y a cada acción de uno le sigue inmediatamente la reacción del otro, tanto en los productos o servicios comercializados como en los patrocinios iniciados.

Publicado 26 de Julio del 2011

 
 
 
 
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