La hipoteca inversa es una figura financiera que apenas lleva 4 años en España, ya que apareció en 2007. La idea principal es que es el banco el que abona una cuota mensual al titular y no al revés.
El titular de la hipoteca inversa, propietario de una vivienda, contrata con el banco unas condiciones y éste le paga mensualmente la cuota pactada, quedándose una vez que fallezca el propietario, el banco con la propiedad de la vivienda.
De esta forma, el titular de la hipoteca inversa recibe mensualmente unos ingresos que pueden complementar su pensión, y el banco consigue una vivienda en el futuro, a precios del pasado, con lo que ambas partes salen ganando.
Por otro lado, siempre existe la posibilidad de que los herederos puedan recuperar la vivienda, abonando, eso sí, las cantidades percibidas por el titular de la hipoteca inversa.
Se trata, por tanto, de una opción más que plausible, con la que los jubilados pueden mantener su calidad de vida a pesar de que el Sistema de Pensiones reduzca, en tiempo y en dinero, la cantidad que les paga.
Y más si tenemos en cuenta que más del 80% de las personas jubiladas en nuestro país son propietarios de una vivienda, por lo que se encuentran en condiciones de optar a una hipoteca inversa.
Publicado 19 de Enero del 2011 |